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España multa a Google con 10 mde por incumplir protección de datos

La AEPD multó a Google con 10 mde debido a que no respetó el derecho a la supresión de los datos personales de los usuarios de sus servicios que le pedían borrar datos suyos de sus plataformas.

Ricardo Justo  ·  mayo 18, 2022
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tiempo 5 minutos
Actualización: enero 9, 2023 - 04:19 pm
España multa a Google con 10 mde por incumplir protección de datos
La agencia de protección de datos de España multó a Google debido a que consideró que sus lineamientos para que los usuarios accedan al derechos la supresión era muy complicado e implicaba transferir datos a un tercero y que estos se volvían públicos. | Foto: Pixabay.

El día de hoy la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) multas a las empresas Google LLC y Vodafone España por infracciones “muy graves” al Reglamento de Protección de Datos del país ibérico. La multa a la compañía tecnológica estadounidense es la más alta que ha impuesto el órgano regulador a una compañía; y es que por las infracciones que se le adjudican a la compañía californiana ésta tiene que pagar 10 millones de euros.

Las sanciones a Google son por no respetar la voluntad de los usuarios de que sus datos dejen de ser públicos (el derecho al olvido). Por lo que además de la multa la AEPD conminó a la tecnológica a modificar el proceso por el que los ciudadanos pueden ejercer ese derecho.

Las multas a las dos compañías fueron publicadas en el BOE debido a que la Ley de Protección de Datos establece que cuando el infractor es una persona jurídica y la multa supera el millón de euros, ésta debe ser publicada en el boletín estatal.

Las acciones contra Google responden a dos denuncias elevadas en septiembre y octubre del 2018, relacionadas con el Proyecto Lumen. El cual se trata de una base de datos confeccionada por la Universidad de Harvard a partir de las solicitudes formuladas por los ciudadanos que decidían ejercer su derecho a no figurar en internet y es que la AEPD entendió que el mandar los datos de estas personas a la lista de la universidad estadounidense (lumendatabase.org), la cual acababa divulgándose en internet de acuerdo con ‘El País’, suponía en la práctica “frustar la finalidad del ejercicio del derecho de supresión”.

Es por eso que el regulador español resolvió que Google deberá suprimir los datos personales que hayan sido objeto de una solicitud del derecho de supresión comunicada al Proyecto Lumen. Además de que señala que la compañía estadounidense está obligada a instar al proyecto de la Universidad de Harvard a que suprima y cese en la utilización de datos personales que le hayan sido transferidos.

El texto explica que Google LLC, compañía con domicilio social en California, ofrece sus productos a los residentes de España (búsquedas, mail, Maps, Drive y YouTube) desde una filial en Irlanda (Google Irland Limited), la cual es responsable del tratamiento de la información indexada y mostrada en servicios como la búsqueda de Google y Google Maps.

Del mismo modo Google LLC cuenta con un apartado específico para que las personas, que quieran hacerlo, puedan solicitar por motivos de privacidad la retirada de resultados obtenidos en las búsquedas. Sin embargo, para ello es necesario que las personas interesadas rellenen un formulario, en el cual se les solicitan datos como: país de residencia, nombre completo, correo electrónico, el url del contenido que incluye la información personal que debe ser retirada, la información personal que se quiere eliminar, además de los motivos.

Toda la solicitud (con la información solicitada para el trámite) se incluye en otra base de datos que es accesible al público (la mencionada del Proyecto Lumen).

Aunado a lo ya señalado por la agencia española, de que estas acciones “frustran el derecho a la supresión”, se refiere en el comunicado de la agencia que este tratamiento de los datos personales no está mencionado en la política de privacidad de Google, además de que tampoco entre sus finalidades la comunicación con el mencionado proyecto de la Universidad de Harvard.

Y es que este paso de la comunicación de datos de la compañía estadounidense con el Proyecto Lumen es obligatorio para los usuarios que quieran el retiro de los contenidos, y al cual no pueden oponerse, por lo cual la agencia española consideró que este es un procedimiento en el que no existe un consentimiento válido por parte del usuario.

La resolución de la AEPD también criticó que el sistema establecido por Google para el acceso al derecho de supresión obliga al interesado a visitar diversas páginas para poder cumplimentar su solicitud, en las cuales se debe ir marcando las opciones que se ofrecen, lo cual es un camino largo y confuso que puede hacer que la persona interesada se equivoque en su solicitud. Por lo que la agencia considera que este sistema es equivalente a “dejar a criterio de Google LLC la decisión sobre cuándo aplica y cuándo no el RGPD”.

De acuerdo con ‘El País’, a pregunta del periódico un portavoz de la compañía tecnológica californiana aseguró que están “revisando la decisión” de la agencia y que seguirán colaborando con ella para revisar sus actuaciones. Añadió que “siempre tratamos de encontrar un equilibrio entre el derecho a la privacidad y nuestra necesidad de ser transparentes y rendir cuentas sobre nuestro papel en la moderación de contenidos en línea. Ya hemos empezado a reevaluar y rediseñar nuestras prácticas de intercambio de datos con Lumen a la luz de las consideraciones de la AEPD”.

Multa a Vodafone

En cuanto a la compañía Vodafone España, la agencia de protección de datos estableció una multa de 3.94 millones de euros debido a que la empresa no garantizó la seguridad de los datos personales de sus clientes.

La compañía ya había recibido el año pasado la que era, hasta ahora, la mayor multa impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (ocho millones) a una compañía por haber llevado a cabo de forma fraudulenta acciones de marketing y prospección comercial a través de llamadas y el envío de correos electrónicos.

Fuentes: El País | El Periódico de España.

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